
La pieza legislativa fue liberada de lectura y aprobada por unanimidad de los diputados presentes, con modificaciones incluidas durante la sesión.
El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, destacó que esta propuesta figura entre las diez iniciativas más importantes del actual cuatrienio legislativo, por el impacto que tendría en la salud y alimentación de miles de estudiantes dominicanos.
Proyecto busca fomentar alimentación saludable en escuelas
La normativa establece además la instalación obligatoria de servicios de agua potable en los centros educativos y contempla sanciones para proveedores que incumplan con los estándares de alimentación escolar.
El proyecto tiene como objetivo regular la alimentación de niños, niñas y adolescentes en escuelas públicas y privadas, promoviendo hábitos saludables mediante educación alimentaria y nutricional.
Asimismo, busca garantizar que los estudiantes reciban alimentos adecuados a sus requerimientos nutricionales, contribuyendo a mejorar su bienestar, salud y rendimiento académico.
Diputados incluyen a las Mipymes en consejo consultivo
Durante la discusión, los legisladores modificaron el capítulo V de la pieza para integrar a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) en el Consejo Técnico Consultivo para la Alimentación y Nutrición Escolar.
Este organismo será encabezado por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabie) o por quien la entidad designe.
Cafeterías escolares no podrán vender refrescos ni comida chatarra
De acuerdo con el artículo 30 del proyecto, las cafeterías de los centros educativos tendrán prohibido promocionar, vender o distribuir productos ultraprocesados y bebidas azucaradas consideradas perjudiciales para la salud infantil y adolescente.
La iniciativa fue reintroducida el pasado 2 de marzo por la diputada Soraya Suárez junto a otros congresistas, luego de que propuestas similares perimieran en legislaturas anteriores.
El proyecto será conocido en segunda discusión la próxima semana y, para entrar en vigencia, deberá ser aprobado por ambas cámaras del Congreso Nacional y posteriormente promulgado por el Poder Ejecutivo.
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