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El agitado proselitismo a destiempo y sin Límites


Noticiario 1070, Hibi Radio




El pueblo votante de la República Dominicana conserva la Ley Electoral número 275-97, que regula la campaña política, estableciendo límites y prohibiciones para garantizar la transparencia y equidad.

Establece como punto luminoso que durante la campaña, los partidos políticos y candidatos pueden realizar actos de campaña, pero con restricciones como la prohibición de utilizar recursos públicos para fines electorales y la regulación de la publicidad electoral.

Estas regulaciones que son el producto de la Ley Electoral, las conocen al dedillo los partidos y sus aspirantes a cargos electivos en todo el territorio nacional, pero son violentadas a los ojos de los funcionarios que componen la Junta Central Electoral.

Regularmente aquí en el municipio de San Francisco de Macorís, cada fin de semana se desplazan aspirantes a las candidaturas presidenciales tal y como si estuviéramos en los tiempos de la campaña electoral, disfrazando su campaña con alegados encuentros con militantes de sus respectivos partidos.

Favorecemos que desde las altas instancias de la Junta Central Electoral, se apliquen las sanciones que establece la Ley, de manera especial contra los llamados partidos mayoritarios, como son, Partido Revolucionario Moderno, Partido la Fuerza del Pueblo y Partido de la Liberación Dominicana.

Mano a la obra, señores de la Junta Central Electoral…¡¡¡



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