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La Ley de Tránsito Número 63-17 en RD


El presidente Danilo Medina se decidió por promulgar la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, con la cual quedaron eliminadas 6 instituciones, que solo servían como nidos de vagos, bocinas, tránsfugas y miembros de las llamadas Nominillas Peledeistas.
Nos referimos a la Dirección General de Tránsito Terrestre (DGTT), Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT), Consejo para la Administración y Regularización de Taxis y el Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre.
También con esta normativa quedaron creadas el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre(INTRANT), Observatorio Permanente de Seguridad Vial, Escuela Nacional de Seguridad Vial, Consejo Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre y la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre.
En menos de seis meses estas entidades con afinidad deberán conformar los mecanismos que requiere la nueva Ley, tendente a eficientizar los servicios preventivos en calles, avenidas y carreteras del país, para que dejemos ser la República que ostenta el segundo lugar a nivel del mundo en accidentes de tránsitos.
Por radicales que puedan verse a distancia, esos mecanismos deben recaer en su aplicación contra quienes violenten el sistema vial, sin importar su status social y político, visto que las caravanas de jeepetas que acompañan al Presidente, Ministros y Jefes de la Policía y las Fuerzas Armadas, son los primeros en violentar la luz roja de cada semáforo instalado en el país.
Hay que hacer hincapié para que la sanción que corresponda a la violación de la nueva Ley de Transito Terrestre la número 63-17, sea aplicada sin ninguna excepción, porque por necesidad y por la preservación de vidas, todos tenemos que educar con el ejemplo.

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