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Medina devuelve el Código Penal, y pide incluir excepciones al aborto


Noviembre 29, 2014
Danilo observa artículos sobre el aborto en CP 

CONSIDERA COMO LO MÁS JUSTO EQUIPARAR NUESTRA LEGISLACIÓN CON LA MAYORÍA DE PAÍSES QUE PERMITEN LA INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO EN CASOS ESPECIALES  

Santo Domingo
El presidente Danilo Medina observó y devolvió al Congreso Nacional la ley del Código Penal Dominicano, específicamente pidiendo que sea modificada en los artículos 107, 108, 109 y 110, del Capítulo 1 del proyecto, que tratan sobre el aborto.
En una comunicación dirigida al presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, el jefe de Estado especifica que el artículo 107 de la Ley no satisface las exigencias que se derivan del principio de legalidad uno de los elementos de la cláusula de Constitucional del Estado de Derecho.
“En el caso de la interrupción del embarazo como figura penal, esa ausencia de precisión es palpable ya que no se indica en su contenido aquellas situaciones excepcionales que ponen en juego derechos fundamentales de mujeres embarazadas como lo constituyen el derecho a la vida y la salud, el derecho de su integridad humana, psíquica y moral, constituirían auténticas situaciones eximentes de responsabilidad penal”, explica la comunicación de observación del proyecto de ley.
En ese sentido, el mandatario le pide al presidente de la Cámara de Diputados que acoja la observación en el más breve plazo.
La decisión de Medina fue adoptada luego de que en la población dominicana, sectores que defienden los derechos de las mujeres, junto a gremios médicos, le solicitaban que observara la ley, mientras que otros grupos, entre los que figuran las iglesias, le pedían que la promulgara tal y como fue aprobada por el Congreso Nacional.
“En opinión del titular del Poder Ejecutivo la redacción del artículo 107 de la Ley no satisface las exigencias que se derivan del Principio de legalidad, uno de los elementos de la cláusula constitucional del Estado de Derecho.
De este principio se deriva que la configuración de una determinada conducta como ilícito penal, requiere de una descripción precisa e inequívoca de las conductas que se consideren merecedoras de un reproche punible”, señala la comunicación remitida al Congreso por el mandatario.
Sobre el papel de los médicos
Otro de los puntos conflictivos de la ley del Código Penal observado por el presidente Medina tiene que ver con la responsabilidad penal del personal médico en caso de un aborto. Los gremios profesionales vinculados a la ginecología y obstetricia, así como el Colegio Médico, habían manifestado su preocupación por la ley del CP.
“Adicionalmente, el desconocimiento de la exigencia en las conductas tipificadas como infracción penal de ese carácter preciso e inequívoco, extiende sus consecuencias en el ámbito de los profesionales de la salud, así como de los familiares en caso de menores de edad, que ante la indeterminación normativa se cohibirían de cumplir su misión principal de preservar la salud de las personas para evitar ser pasibles de las sanciones penales que establecen los artículos 107 y 109”.
Según expresa el Presidente en su comunicación al Congreso, por lo gravoso de las consecuencias que se desprenden para la mujer y para el personal de la salud en materia de interrupción del embarazo, caracterizado por sanciones restrictivas de libertad, no resulta suficiente en términos de eximentes de responsabilidad penal el hecho de que, en la parte general de la Ley de Código Penal se consagre la figura del Estado de necesidad.
“Entendemos que la complejidad específica de la infracción relativa a la interrupción del embarazo, en la que entra en juego la vida de la madre, exige ineludiblemente hacer explícitos los supuestos excepcionales en que debe prevalecer el derecho fundamental a la vida de la mujer embarazada, o el derecho al respeto de su dignidad humana y de su integridad psíquica y moral, resguardándose al mismo tiempo también la seguridad jurídica de quienes tienen la obligación de brindar asistencia médica en el caso de estos eventos excepcionales”, indica el documento.
Ejes Claves
El jefe de Estado explica que República Dominicana es uno de los países de América Latina con mayor número de embarazos en niñas y adolescentes, la mayoría de estos de alto riesgo.
RESPETO A VALORES Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES.
Uno de los elementos en que el Presidente basa su decisión es el respeto a los principios, valores y derechos establecidos en la Constitución.
AFECTA DERECHOS DE EMBARAZADAS Y MÉDICOS Considera que dejar espacio a la duda en una Ley equivale a transgredir los principios constitucionales, en este caso contra médicos y embarazadas.
 FAVORECE DETENER EMBARAZO SI LA MADRE CORRE PELIGRO
Dice que la legislación de otros países permite la interrupción del embarazo cuando la vida de la madre corre peligro, o haya sido víctima de violación.
FINJUS
ES RESPUESTA A RECLAMOS

Fundación Institucionalidad y Justicia había instado al Presidente a promulgar el Código Penal, pero ve la observación como una forma de atender reclamos.
FISCAL
ESPERA MEJOR INSTRUMENTO

Para Reynoso, la observación es “un acto de valentía que valoro y agradezco como mujer”.
Espera que el código sea un mejor instrumento para la persecución.
CMD
ES HORA PARA EL DIÁLOGO

Propone unificar posiciones en torno a las guías y protocolos de atención al aborto en curso o incompleto, así como que se tome en cuenta el procedimiento a seguir cuando hay peligro para la vida de la madre.




Noviembre 25, 2014
Médicos rechazan artículo 109 del CPP en lo referente al aborto
LLAMARON AL PRESIDENTE A OBSERVAR EL CÓDIGO CUANDO LLEGUE A SUS MANOS PARA QUE SE INICIE UNA DISCUSIÓN

Santo Domingo
El Colegio Médico Dominicano junto a Sociedades Médicas Especializadas y la Asociación de Clínicas privadas anunció su rechazo al artículo 109 del nuevo Código Procesal Penal en lo referente al aborto ya que entiende que se le está dando un enfoque simplista al tema.
Pedro Sing, presidente del Colegio, dijo que el enfoque coloca la mujer en una condición vulnerable al no garantizarle sus derechos y ata a las clínicas y médicos al dejarlos sin espacio para el manejo médico.
Llamaron al presidente de la República a observar el Código cuando llegue a sus manos para que se inicie una discusión sobre el tema del aborto.
Dijo que el aborto es una condición establecida como enfermedad y por tanto requiere de una guía y protocolo para su tratamiento, es decir, que los médicos deben atender las pacientes apegados a esa formalidad terapéutica en el momento que llegue a emergencia.
Sing habló en una rueda de prensa, en la que también  Rocío Caridad, presidenta de la Sociedad Dominicana de Ginecosbtetricia, dijo que los médicos siempre estarán a favor de la vida tanto de la mujer como la del bebé.
En tanto que el presidente de la Asociación de Clínicas, Rafael Mena señaló que el artículo de la ley pone a alza clínicas en una situación difícil y en desventaja a la hora de atender a las pacientes.
El Código establece la pena de hasta 20 años de prisión para el responsable de practicar el aborto cuando se provoque la muerte de la mujer.

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