CRISIS EN EL PRD TRAS LAS ELECCIONES
Los jueces del Tribunal Superior Electoral
(TSE) restablecieron ayer a Miguel Vargas Maldonado como presidente del
Partido Revolucionario Dominicano (PRD), y otros miembros que fueron
expulsados por la comisión política, al tiempo de declarar
inconstitucional dos literales del artículo 35 de los Estatuto generales
de esa organización política.
Los jueces Mariano Rodríguez, presidente; José Manuel Hernández Peguero, Marino Mendoza, Mabel Feliz y John Guiliani, ordenaron, de manera inmediata, el restablecimiento de los derechos conculcados de los accionantes sobre sus membresías y funciones directivas dentro del PRD.
En ese sentido, declaró nula cualquier disposición contraria o que afecte los derechos restablecidos a los accionantes por esa disposición.
“Se acoge en cuanto al fondo la presente acción de amparo, incoada por los accionantes y en consecuencia se ordena de manera inmediata al PRD y a cualquiera de sus órganos competentes, el restablecimiento de los derechos conculcados sobre su membresias y sus funciones directivas dentro del PRD” establece la sentencia.
El tribunal tomo la decisión, tras acoger el recurso de amparo presentado por Aníbal García Duvergé, Julio Mariñez, Víctor Gómez Casanova y Rafael Francisco Vásquez Paulino (Fiquito), a través de los abogados Eduardo Jorge Prats, Santiago Rodríguez y Miriam Paulino.
Asimismo, los jueces declararon nulo los literales ‘e’ y ‘d’ del artículo 35 de los estatutos generales del PRD, por considerarlos violatorios al artículo 69 de la Carta Magna que consagra como garantías a los derechos fun- damentales, la tutela judicial efectiva y el debido proceso.
El tribunal también rechaza por improcedentes, mal fundados y carentes de sustento legal los medios de inadmisión, planteados por los abogados que representan al sector del ex candidato presidencial Hipólito Mejía.
Los jueces Mariano Rodríguez, presidente; José Manuel Hernández Peguero, Marino Mendoza, Mabel Feliz y John Guiliani, ordenaron, de manera inmediata, el restablecimiento de los derechos conculcados de los accionantes sobre sus membresías y funciones directivas dentro del PRD.
En ese sentido, declaró nula cualquier disposición contraria o que afecte los derechos restablecidos a los accionantes por esa disposición.
“Se acoge en cuanto al fondo la presente acción de amparo, incoada por los accionantes y en consecuencia se ordena de manera inmediata al PRD y a cualquiera de sus órganos competentes, el restablecimiento de los derechos conculcados sobre su membresias y sus funciones directivas dentro del PRD” establece la sentencia.
El tribunal tomo la decisión, tras acoger el recurso de amparo presentado por Aníbal García Duvergé, Julio Mariñez, Víctor Gómez Casanova y Rafael Francisco Vásquez Paulino (Fiquito), a través de los abogados Eduardo Jorge Prats, Santiago Rodríguez y Miriam Paulino.
Asimismo, los jueces declararon nulo los literales ‘e’ y ‘d’ del artículo 35 de los estatutos generales del PRD, por considerarlos violatorios al artículo 69 de la Carta Magna que consagra como garantías a los derechos fun- damentales, la tutela judicial efectiva y el debido proceso.
El tribunal también rechaza por improcedentes, mal fundados y carentes de sustento legal los medios de inadmisión, planteados por los abogados que representan al sector del ex candidato presidencial Hipólito Mejía.

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