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OEA estima en RD no existe control ni fiscalización de finanzas de partidos y candidatos

La OEA participó como observador electoral en las elecciones del domingo.


La misión de observadores electorales de la Organización de los Estados Americanos (OEA) estimó que en la República Dominicana no existe un verdadero control ni fiscalización de las finanzas de los partidos ni de las candidaturas, a pesar de que existen disposiciones legales.
En su informe preliminar sobre las elecciones del pasado domingo, los observadores advierten que uno de los rasgos más notorios del proceso electoral fue la masiva distribución de dádivas y asistencias a la población por parte de distintas agrupaciones y actores políticos.
Sostuvo que a pesar de la Junta Central Electoral (JCE) indicar que las “ayuda humanitaria” debían ser considerada dentro de los topes de gasto de campaña, la entrega de alimentos, medicinas, combustible, materiales de construcción, las facilidades de atención médica y hasta la realización de vuelos de repatriación no se encuentran enumerados en los gastos permitidos y más bien podrían catalogarse dentro de los comportamientos expresamente prohibidos.
Establece que la falta de acción de las autoridades en esa materia, al igual que frente a las múltiples denuncias de uso de recursos públicos con fines electorales, refuerza la necesidad de otorgar a la persecución penal electoral mayores herramientas para hacer valer el catálogo de prohibiciones que contemplan las legislaciones.
Aduce que si bien la aprobación de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y la Ley 15-19 Orgánica de Régimen Electoral, constituyen una muestra de la vocación de mejora continua del sistema electoral se necesita realizar ajustes para suplir vacíos legales y clarificar algunas disposiciones.
La OEA valoró la plataforma informática de la JCE para facilitar la recepción de los informes financieros de las agrupaciones y actores políticos, pero que pudo comprobar que, a la fecha de publicación de los reportes, solo 24 de las 35 organizaciones políticas con personalidad jurídica entregaron sus presupuestos generales para el año 2020.
Solo cinco de los seis candidatos presidenciales presentaron sus informes de ingresos y egresos, dice.
El informe advierte que la ausencia de reglas para la distribución de los recursos estatales a lo interno de los partidos (entre las distintas candidaturas y niveles de elección), se traduce en la práctica en una inyección prioritaria de recursos a la campaña presidencial.
En consecuencia, esa situación da paso a que muchas candidaturas congresuales deban financiarse en gran medida o en su totalidad con contribuciones privadas.
“Esto genera una ventaja electoral para aquellos candidatos con mayor acceso a financiamiento privado y aumenta el riesgo de corrupción, tráfico de influencias y penetración de fondos provenientes de actividades ilícitas", señala.
Contrario a una tendencia regional reciente, la misión también subraya que "no existe financiamiento dirigido a promover candidaturas de mujeres”, destaca.
Recomendaciones
-Fortalecer la capacidad de la Unidad Especializada de Control Financiero de la JCE, dotarla de recursos económicos, capital humano y respaldo institucional suficientes para cumplir el rol que la ley le manda.
-Institucionalizar una relación de cooperación con la Cámara de Cuentas, con el propósito de obtener la capacitación necesaria para recibir y revisar de manera efectiva los informes de ingresos y egresos de las organizaciones políticas, elevando las destrezas para detectar y sancionar el incumplimiento a las normas.
-Construir, sobre la recién inaugurada plataforma informática, un software que le facilite a las organizaciones políticas y candidatos la elaboración de sus presupuestos e informes de ingresos y gastos de campañas electorales, en base a formatos preestablecidos. Sumado a esto, evaluar abrir esta herramienta informática a la ciudadanía, con el propósito de fortalecer el acceso a la información y facilitar la fiscalización ciudadana.
-Garantizar el cumplimiento de las normas de financiamiento político-electoral, tales como la adhesión a plazos, la obligación de publicar listado de contribuyentes y de entregar respaldos contables de las operaciones financieras.
-Emitir los reglamentos establecidos en la ley, en tiempo y forma, tales como el reglamento de propaganda política y publicidad, el reglamento de contribuyentes, y el reglamento sobre los medios de comunicación.
-Establecer en la ley el procedimiento mediante el cual se computa la partida presupuestaria anual asignada a los partidos políticos.
-Garantizar una distribución más equitativa de la contribución económica estatal entre las organizaciones políticas, tanto entre partidos mayoritarios y minoritarios, como entre candidaturas presidenciales, congresuales y municipales, y entre hombres y mujeres.
-Hacer cumplir el inicio y término de la campaña electoral, utilizando el régimen de consecuencias establecido en la legislación vigente.
-Considerar la entrega de “ayuda humanitaria” por parte de los candidatos como una situación excepcional dada la emergencia sanitaria, y evitar que se transforme en un precedente para procesos eleccionarios futuros.
-Implementar un sistema de monitoreo de cuñas publicitarias en medios públicos y privados, con capacidad de documentar las tarifas aplicadas para hacer cumplir las disposiciones legales en la materia.

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