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Los derechos que tienen los consumidores en República Dominicana

Santo Domingo
¿Te ha pasado que realizas una compra y quedas decepcionado porque el producto no ofrece lo que andabas buscando y necesitas? Para evitar que seas una víctima de engaños al momento de consumir, en República Dominicana se creó en 2005 la Ley 385 sobre la Protección del Consumidor o Usuario.
Bajo esta normativa se instauró el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), entidad que vela por los derechos de los usuarios. ¡Sí! Los compradores tienen derechos que van más allá de la típica frase “como yo estoy pagando, deben resolverme”.
Estos son los nueve derechos de los consumidores:
  1. La protección a la vida, la salud y la seguridad.
  2. La educación para el consumo.
  3. Recibir de los proveedores una información veraz, clara y oportuna.
  4. La protección de sus intereses económicos.
  5. La reparación oportuna de los bienes y en condiciones técnicas adecuadas.
  6. Asociarse y constituir agrupaciones de consumidores.
  7. Acceder a los organismos judiciales correspondientes para la protección de sus derechos, y de manera gratuita.
  8. Tener acceso a una variedad de productos o servicios.
  9. Vivir y trabajar en un medio ambiente digno y sano.
     
Ya sabes, si recientemente has sido víctima de un establecimiento o tu compra deseada no fue tan agradable, recuerda estos derechos que podrán sacarte de un apuro.
Una de las funciones de Pro Consumidor, tal como lo establece la Ley, es asegurar los derechos de los usuarios de servicios públicos y privados y que sus reclamaciones ante un servicio ineficiente sean atendidos en forma satisfactoria. 

Seis cobros que te pueden hacer los bancos por tener tarjeta de crédito

Puede que te hayas preguntado alguna vez cuáles son las penalidades o modalidades de cobro que tienen los bancos al emitir tarjetas de crédito. La respuesta, te la presentamos en estas seis maneras por la que estas entidades financieras cobran a sus tarjetahabientes.
Primero: Los cargos por mora, que es la penalidad que se aplica cuando el tarjetahabiente no realiza ningún pago, ni siquiera el mínimo, en la fecha de límite de pago de la tarjeta de crédito.
Segundo: Los bancos cobran una comisión por avance de efectivo, es decir, cuando los clientes utilizan su crédito para hacer retiros de dinero en el cajero automático, crédito a cuentas o en las oficinas bancarias.  
Tercera: El sobregiro. Si un tarjetahabiente sobrepasa el límite otorgado por mes en una compra o en un retiro, la organización financiera le cobrará por esto.
Estos tres cobros dependerán del manejo que cada quien le dé a su tarjeta. Sin embargo, hay otros cargos que son anuales o por disposición del banco.
Cuarto: Para reponer el plástico de la tarjeta, el cliente deberá pagar el costo de la reposición, no importa si es por pérdida o deterioro. El tarjetahabiente podrá requerir este servicio cuando desee sin costo adicional porque el cargo se aplica anual automáticamente.
Quinto: El banco te va a cobrar por la renovación del plástico. Este monto se reflejará en tu estado de cuenta al momento del vencimiento de la tarjeta. Lo que debas pagar dependerá del tipo de tarjeta que poseas.
Sexto: Hay un cargo por emisión que cubre la entrega de tu tarjeta cuando esta es aprobada. Este se genera en el primer consumo del tarjetahabiente. 

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